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Transparencia

La Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, prevé que las Corporaciones de Derecho Público, en lo relativo a sus actividades sujetas a Derecho Administrativo, estén sujetas al régimen de publicidad activa y pasiva que en ella se establece. En concreto, se aplicará a los Colegios, en cuanto Corporaciones de Derecho Público, lo previsto en los Títulos I y II de la Ley. Asimismo, se aplicará al Consejo General y a los Consejos Autonómicos. Dentro de las obligaciones dirigidas a las Corporaciones de Derecho Público, se incluyen las obligaciones de transparencia activa establecidas en los artículos 5 al 8 de la Ley, y las obligaciones de transparencia pasiva reguladas en los artículos 17 y siguientes.

Convenios

Relación de convenios de colaboración suscritos por el Colegio de Abogados de Teruel: CONVENIO AGENCIA TRIBUTARIA ANDALUZA Y COLEGIO DE ABOGADOS DE TERUEL CONVENIO CAJA RURAL DE TERUEL 2023 CONVENIO AGENCIA TRIBUTARIA VALENCIANA Y COLEGIO DE ABOGADOS DE TERUEL...

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Presupuestos y Memorias

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