DESPACHO Y SALA DE REUNIONES
DESPACHO PARA ENTREVISTAS CON CLIENTES.-
El Colegio pone a disposición de todos los colegiados una zona habilitada como despacho, en la primera planta de la sede colegial, para que pueda ser utilizado por abogados turolenses y pertenecientes a otros Colegios.
El despacho facilita y garantiza que los letrados puedan atender de forma privada y personalizada a sus clientes y realizar sus actividades profesionales con las garantías de seguridad y privacidad necesarias.
a) El sistema de reserva para la utilización del referido despacho, se puede realizar en la propia sede del Colegio de Abogados. Para solicitar la utilización del despacho es necesario identificarse con el carné colegial correspondiente, e inscribirse en la lista facilitada por el Colegio.
b) Para la reserva de despacho con antelación se deberá dirigir un correo electrónico a la dirección info@icat.es. Como sólo se dispone de un despacho, transcurridos 30 minutos de la hora reservada para el inicio de su utilización sin que se haya procedido a ello, el personal del Colegio lo podrá poner a disposición de otro colegiado que lo solicite. Se ruega se comunique al Colegio la cancelación de reserva si se produce.
c) En ningún caso se permitirá el acceso a los clientes sin la presencia del Abogado responsable de la reserva.
d) Se podrán reservar franjas o módulos de uso de 30 minutos de duración, con un máximo de dos módulos consecutivos, y un límite semanal de 2 horas.
e) Se deberá cumplir el horario preestablecido o fijado, para no perjudicar al resto de compañeros/as que puedan o quieran utilizar la instalación.
f) Se presupone el uso responsable de las instalaciones del Colegio, y el respeto al tiempo de la reserva, no excediéndose el uso temporal reservado. Se deberán mantener las normas básicas de respeto y convivencia, y hacer un uso debido y adecuado del mobiliario y el equipamiento del Colegio.
g) No se permitirán reuniones que puedan entrañar peligro a las instalaciones del Colegio, o que generen molestias al personal del Colegio, resto de usuarios, o personal del inmueble.
h) No se podrá hacer uso de las instalaciones para actividades de tipo lúdico, sin que la Junta de Gobierno lo autorice, y sólo podrá hacerlo de forma excepcional y justificada.
i) La sala de actos se destinará únicamente a actividades formativas y culturales En cuanto a la utilización por asociaciones o entidades sociales, sólo se llevarán a cabo si lo autoriza la Junta de Gobierno, y únicamente de forma excepcional y justificada.
j) No se permite consumo de alimentos ni bebidas en el despacho ni en la sala de actos, salvo autorización expresa de la Junta de Gobierno, y únicamente de forma excepcional y justificada.
SALA DE ACTOS.-
Del mismo modo se pone a disposición de los colegiados el uso de la Sala de actos de la primera planta para reuniones de más de 10 personas.
Las normas de reserva y utilización serán las mismas que para la reserva del despacho citadas anteriormente.
Se podrán reservar franjas de 1 hora de duración, con un máximo de 3 horas, y un límite mensual de 6 horas.